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martes, 21 de julio de 2015

Chimpay vota el 25 de Octubre

Chimpay.- El intendente Gerardo Bravo, mediante una resolución municipal, estableció la fecha de las elecciones 2015 para los cargos de Intendente, tres Concejales titulares, tres suplentes y tres miembros del Tribunal de Cuentas con sus respectivos suplentes, la cual se fijo el día 25 de Octubre del corriente.

Mediante la Resolución Municipal N°102 el intendente municipal de Chimpay Gerardo Bravo resolvió convocar a elecciones municipales para el día 25 de Octubre del 2015 al cuerpo electoral local (argentinos y extranjeros).

La resolución, con fecha de creación del 15 de julio,  manifiesta:
 Convocase a elecciones municipales para el día 25 de Octubre del año 2.015 al Cuerpo Electoral de Chimpay (argentinos y extranjeros).
Artículo 2º: Establézcase que los cargos a elegir son:
a)    Intendente Municipal, según artículos16 y 160  de la Carta Orgánica Municipal;
b)    Tres (03) Concejales Titulares y Tres (03) Concejales Suplentes, según artículos 22 y 161 de la Carta Orgánica Municipal;
c)    Tres (03) miembros del Tribunal de Cuentas Titulares y Tres (03) miembro Suplentes, según artículos 48 y 161 de la Carta Orgánica Municipal;

Artículo 3º: Establézcase que el período por el que serán electos los cargos antes mencionados es de cuatro (04) años a partir del 11-12-15, según artículos 16, 24 y 57 de la Carta Orgánica Municipal.-

Artículo 4º: Establézcase que el Sistema Electoral aplicable para el acto eleccionario convocado por el Artículo Primero, será:
a)    Para Intendente: Simple pluralidad de sufragio. Según manda el Artículo 160 de la Carta Orgánica Municipal; si del resultado surgiese igual cantidad de votos para dos o más candidatos, se convocará a una nueva elección.-
b)    Para Concejales: La distribución de las bancas del Concejo Deliberante se hará de acuerdo con el sistema proporcional D´Hont, según artículo 161 de la Carta Orgánica Municipal;

c)    Para Tribunal de Cuentas: La distribución de bancas se harán de acuerdo a lo que dispone el artículo 161 de la Carta Orgánica Municipal;

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